La Dirección General de Tributación (DGT) del Ministerio de Hacienda sometió a consulta pública dos proyectos de resolución que obligarían a incluir los datos identificativos de contadores y asesores fiscales en las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto sobre las Utilidades. La medida se conoció el 13 de agosto de 2026 y forma parte de la Estrategia Nacional contra el Contrabando y la Evasión que lidera Hacienda.
¿Qué se propone?
Los proyectos plantean modificar los anexos de dos resoluciones vigentes: la N.° MH-DGT-RES-0033-2025 (IVA) y la N.° MH-DGT-RES-0020-2025 (Renta). En ambos formularios se agregaría una nueva sección para consignar el nombre, número de identificación y carné de agremiado del profesional que participe en la elaboración de la declaración.
El viceministro de Ingresos, Víctor Julio Carvajal, explicó que la medida busca dar trazabilidad al trabajo de contadores y asesores fiscales y permitir un mayor control sobre sus actuaciones y las de sus clientes. Según el director general de Tributación, Miguel Ángel Solís, la identificación permitiría establecer una responsabilidad compartida entre el obligado tributario y el profesional que interviene en la declaración.
La postura del Colegio de Contadores Públicos
El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica respaldó el objetivo de fortalecer la fiscalización, pero pidió precisar el alcance de la figura del “preparador” antes de implementarla. El gremio señaló que actualmente no existe una reserva de actividad que limite la elaboración de declaraciones tributarias exclusivamente a contadores públicos o economistas, y que en la práctica pueden intervenir varias personas en distintos niveles de revisión y aprobación de una misma declaración.
El presidente del Colegio, Francisco Ovares, planteó que identificar al profesional “no debería convertirse automáticamente en una atribución de responsabilidad” por el contenido de la declaración, y pidió distinguir entre quien brinda una recomendación técnica, quien toma la decisión y quien tiene la obligación legal ante la Administración Tributaria. El gremio también citó los artículos 81 y 81 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que regulan las infracciones materiales y la responsabilidad de terceros, respectivamente.
Implicaciones prácticas
- Si la propuesta se formaliza, los formularios de IVA y Renta incluirán una sección para identificar al profesional que preparó la declaración.
- Las empresas y despachos deberán definir internamente, para cada declaración, quién queda registrado como “preparador”, especialmente en estructuras con varios niveles de revisión.
- El régimen de autoliquidación se mantiene: quien firma bajo fe de juramento sigue siendo el representante legal o contribuyente responsable, aunque el gremio contable pide que esto quede explícito en el texto final.
Plazo para presentar observaciones
La consulta pública está abierta hasta el 26 de agosto de 2026. Las observaciones por escrito pueden enviarse al correo dntt@hacienda.go.cr. Una vez cerrado el período, Hacienda continuará con el trámite para formalizar y publicar las resoluciones definitivas.
En HG Sertricon damos seguimiento a estos proyectos de resolución y a su eventual publicación en La Gaceta. Si tiene dudas sobre cómo esta propuesta podría afectar los procesos internos de su empresa o despacho, contáctenos.